Obligatoriedad de la colegiatura

Colegio de Profesionales en Orientación se une a la lucha contra el ejercicio ilegal de la profesión en Costa Rica

  • Colegio hace un llamado a empleadores y personas usuarias de servicios de Orientación a corroborar que las personas profesionales en Orientación contratadas cuenten con la colegiatura.
  • Colegio insta a las instituciones educativas privadas a que las funciones propias de Orientación solo sean asignadas a profesionales en Orientación.
  • Fiscalía de este colegio profesional tomará acciones contra las personas que ejerzan funciones de Orientación, sin cumplir con los requisitos.
  • Se solicita que quienes conozcan situaciones irregulares de ejercicio profesional presenten la denuncia ante el CPO

El Colegio de Profesionales en Orientación (CPO) hace un llamado para que centros educativos públicos y privados, empresas, organizaciones no gubernamentales, instituciones autónomas y del gobierno central que tengan puestos ocupados por una persona profesional en Orientación, se garanticen que esté debidamente colegiada.

“Desde la Fiscalía hemos recibido denuncias en las que algunas instituciones contratan profesionales en Orientación que no cumplen con el requisito de colegiatura, o bien profesionales de otras especialidades para ejecutar funciones propias de la disciplina de Orientación. Esto compromete en gran medida la calidad de los servicios que reciben las personas orientadas”, comentó la Licda. Yorleny Jara Vásquez, Fiscal del Colegio de Profesionales en Orientación.

Este llamado se hace con el objetivo de asegurar el ejercicio profesional, ético y legal de la Orientación en cualquiera de sus áreas (Educativa, Vocacional, Personal-Social, Familiar, Laboral, entre otras), considerando que la Ley Orgánica, N°8863 del CPO regula el ejercicio profesional de la Orientación en Costa Rica, con el objetivo de procurar su práctica dentro de un marco de corrección ética y científica, en todos los campos en los cuales el interés público señale la conveniencia o necesidad de tal ejercicio.

“Desde la Fiscalía del Colegio vamos a denunciar penalmente a todas esas personas que ejercen la Orientación omitiendo los requisitos establecidos por ley. Insistimos a todas las personas colegiadas y a las instituciones que requieran de un profesional en esta especialidad, tengan presente la importancia de la obligatoriedad de la colegiatura como requisito garante del ejercicio legal y ético de la profesión” añadió la Licda. Jara. Comunicado

El ejercicio ilegal de la profesión consiste cuando una persona profesional en otra especialidad o sin la preparación adecuada y sin la colegiatura, asume la práctica de esta sin cumplir los requisitos profesionales y legales necesarios para desempeñarla.

El Colegio insta a que las personas, ya sean usuarias de servicios de Orientación o bien empleadores de profesionales en esta especialidad, a ingresar a su sitio web https://www.cpocr.org/busqueda-de-personas-colegiadas/ para consultar por las personas colegiadas que se encuentran activas y debidamente incorporadas.

Posición del CPO ante decisión del Ministerio Público

El pasado 7 de mayo la Fiscalía General de la República ordenó procesar penalmente a cualquier persona que ejerza una profesión para la cual no está habilitada, aun cuando no se compruebe algún daño cometido por dicha persona.

Esta medida está dirigida para que el personal que atiende delitos de ejercicio ilegal de la profesión, interprete este fenómeno de manera correcta y uniforme.

El Colegio de Profesionales en Orientación, considera esta decisión oportuna y favorable para la sociedad costarricense, de manera que esto favorecerá servicios profesionales basados en una corrección ética y científica.

“Desde el CPO creemos que esta medida viene a reforzar las acciones que el Colegio va a tomar en contra de esas personas que ejercen sin cumplir con los requisitos establecidos. Insistimos en que el ejercicio ilegal de cualquier profesión debe y deberá ser sancionado según el artículo 322 del Código Penal”, concluyó Yorleny Jara.