Espacio Tribunal Electoral

¿Le interesa asumir algún puesto en la Junta Directiva del CPO?

A continuación, le brindamos todos los detalles

Para el CPO es importante que todas las personas colegiadas formen parte del proceso electoral es que se lleva a cabo en el marco de la Asamblea General Ordinaria cada año. Para este 2019, la Asamblea Ordinaria y las elecciones internas se estarán realizando el sábado 24 de agosto.

A continuación, se brinda de manera información sobre las funciones establecidas en la Ley Orgánica del CPO que deben asumir los futuros miembros de la Junta Directiva Colegio, en los puestos que estarán disponibles:

  • PRESIDENCIA:

El Artículo 26 de la Ley N°8863, entre otras establece: Ejercer la representación judicial y extrajudicial del CPO, presidir las asambleas ordinarias, extraordinarias y reuniones de la Junta Directiva.

  • SECRETARÍA:

Sus funciones están establecidas en el Artículo 30 de la Ley N°8863, entre otras establece:

llevar la minuta de las sesiones de la Junta Directiva, dar seguimiento a la correspondencia y elaborar los informes de labores de la Junta Directiva, junto con la presidencia.

 

  • VOCALÍAS:

Sus funciones están establecidas en el Artículo 31 de la Ley N°8863, el cual indica: sustituir por su orden a las demás personas de la Junta Directiva en sus ausencias temporales y asumir alguna otra función que la Presidencia le designe.

  • FISCALÍA (PROPIETARIA):

Sus funciones están establecidas en el Artículo 28 de la Ley N°8863, entre otras se establece velar por el fiel cumplimiento de la Ley de creación del CPO, sus reglamentos y las resoluciones de las Asambleas y acuerdos de la Junta Directiva.

 

Si usted tiene interés de postularse para alguno de los puestos antes mencionados, el proceso de inscripción estará abierto del 24 de junio al 24 de julio de 2019.

¿Cuáles son los requisitos?

La persona colegiada que aspire a un cargo en los diferentes órganos del Colegio debe cumplir los siguientes requisitos, según Artículo 22 del Reglamento de Elecciones Internas:

  1. a) Ser persona colegiada activa.
  2. b) Estar al día en sus obligaciones económicas con el Colegio.
  3. c) Presentar constancia oficial de antecedentes disciplinarios emitida por el Tribunal de Honor.
  4. d) Completar y firmar el formulario de inscripción.
  5. e) Declaración jurada de no estar en quiebra o insolvencia.
  6. f) Ostentar una conducta acorde con el Código de Ética del Colegio.
  7. g) No estar ocupando un cargo incompatible en algún órgano del Colegio a menos que tenga derecho a reelección.
  8. h) En el caso de aspirantes al Tribunal de Honor haber formado parte del Colegio por un periodo mínimo de dos años, y no tener antecedentes disciplinarios ni penales.

 

El Tribunal Electoral recuerda a todas las personas profesionales en Orientación la importancia de participar de manera activa en los procesos electorales del Colegio, solo así construiremos cada día un mejor Colegio.

 

Las personas que deseen más información al respecto, enviar sus consultas al correo tribunalelectoral@cpocr.com.