¿Cómo funcionan los Subsidios para las personas Colegiadas?

Con el objetivo de dar a conocer en qué tipo de situaciones se otorga un subsidio a una persona colegiada, la Comisión de Subsidios del Colegio de Profesionales en Orientación (CPO) brinda la siguiente información:

El Fondo de Mutualidad y Subsidios del CPO, tiene como objetivo auxiliar a las personas colegiadas o a sus beneficiarias. Para ello se cuenta con una póliza colectiva de vida, que en la actualidad es por un monto de ¢5 millones y medio, y también se cuenta con un fondo para otorgar un aporte económico a las personas colegiadas (subsidio). 

Este Fondo se financia con un 20% de la cuota mensual, que cada persona colegiada cancela mensualmente.

Los subsidios se encuentran regulados por el Reglamento del Fondo de Mutualidad y Subsidios y por los Lineamientos para la asignación de Subsidios. 

El subsidio es un aporte que se asigna exclusivamente a la persona colegiada y por una única vez. Los motivos para el aporte del subsidio obedecen a dos circunstancias:

La primera se dirige a personas colegiadas que hayan sido afectadas por un desastre de origen natural, tecnológico o provocado por el ser humano, que causan alteraciones intensas en las condiciones normales de funcionamiento de la comunidad, tales como pérdida de vidas y de salud de la población, destrucción o pérdida de bienes de la colectividad y daños severos al ambiente.

En este sentido el CPO ha otorgado subsidios a personas colegiadas que han sufrido pérdidas en sus bienes, por ejemplo, por huracanes, inundaciones, deslaves de terreno.

El subsidio para los casos en que se comprueban daños en el menaje, es por un monto máximo de 30 cuotas mensuales de colegiatura.

Cuando hay daños en la vivienda, se asigna un máximo de 60 cuotas mensuales de colegiatura.

El inmueble debe estar a nombre de la persona colegiada y habitándolo en el momento del desastre. Se debe aportar carta formal de la Municipalidad o Comisión Nacional de Emergencias en la que conste el evento y evidencias como fotografías.

La segunda de las razones para otorgar un subsidio, es cuando la persona colegiada esté siendo afectada por una condición permanente de carencia extrema de recursos y medios económicos y no puede cancelar la colegiatura. En estos casos el monto de este subsidio será definido por la Junta Directiva, considerando la situación de la persona colegiada. Les invitamos a consultar el documento Lineamientos para la asignación de subsidios, que se encuentra en la página www.cpocr.org. Los procedimientos para la solicitud del subsidio y cualquier consulta, se puede realizar al correo colegiodeorientacion@cpocr.com