Dispensa pago de colegiatura Artículo 23

Deben llenar y enviar el siguiente formulario: »

sta dispensa de pago en el monto de la colegiatura se dirige a profesionales en Orientación jubilados.  

Los requisitos son:

  • 10 años de colegiatura ininterrumpida como persona colegiada activa.
  • Ser persona jubilada (aportar constancia)
  • Estar al día en el pago de las cuotas  incluido el mes en que solicita el beneficio.
  • Llenar y firmar el formulario indicado

El Artículo 23 del Reglamento a la Ley 8863 que indica “La Junta Directiva de oficio o a petición de parte, concederá a las personas integrantes activas del Colegio, que hayan adquirido la condición de jubilada y cubierto sus cuotas durante un período mínimo de diez años, la dispensa en el pago de la cuota de colegiación ordinaria. La dispensa no afecta el ejercicio de los derechos y deberes de la condición de persona colegiada, ni cubre el pago de los beneficios colectivos tales como mutualidad y otros que en el futuro se establezcan, mismos que deberá continuar cancelando la persona colegiada”.

Quienes cumplen con los requisitos  deben llenar el formulario correspondiente y adjuntar la contancia de persona pensionada. Una vez aprobado por la Junta Directiva,  se continúa cancelando únicamente lo correspondiente al Fondo de Mutualidad (20% de la cuota vigente).

Es importante aclarar que este pago reducido de la cuota comienza a regir A PARTIR DEL MES SIGUIENTE de presentado el trámite; Esto debido a que la cuota del  mes  en que se realiza el trámite,  ya está al cobro con el monto completo.

Se solicita llenar el formulario preferiblemente mediante un procesador de texto o bien con letra imprenta. No se tramitan solicitudes ilegibles y sin la constancia de pensionado(a).